Artículo 21 - Constitución Nacional Argentina
Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la patria y de esta Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los decretos del Ejecutivo nacional. Los ciudadanos por naturalización son libres de prestar o no este servicio por el término de diez años contados desde el día en que obtengan su carta de ciudadanía.
Explicación del artículo 21 - Constitución Nacional Argentina
Este artículo establece la obligación de todos los ciudadanos argentinos de defender la patria y la Constitución, conforme a las leyes y decretos del Congreso y del Ejecutivo. Los ciudadanos naturalizados pueden elegir no prestar este servicio durante los primeros diez años tras obtener su ciudadanía. Por ejemplo, en caso de una emergencia nacional, los ciudadanos pueden ser llamados a defender el país militarmente.
Preguntas frecuentes sobre el artículo 21 y sus respuestas
¿Quiénes están obligados a defender la patria y la Constitución?
- Todos los ciudadanos argentinos, conforme a las leyes dictadas por el Congreso y los decretos del Ejecutivo.
¿Tienen los ciudadanos naturalizados la misma obligación?
- Sí, pero pueden optar por no prestar este servicio durante los primeros diez años tras obtener la ciudadanía.
¿Qué implica la obligación de defender la patria?
- Puede implicar el servicio militar o cualquier otra forma de defensa según lo determinen las leyes y decretos correspondientes.