Artículo 22 - Constitución Nacional Argentina
El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición.
Explicación del artículo 22 - Constitución Nacional Argentina
Este artículo establece que el pueblo ejerce su soberanía a través de sus representantes y autoridades constitucionales. Cualquier grupo o fuerza armada que intente asumir los derechos del pueblo y actuar en su nombre comete un delito de sedición. Por ejemplo, un golpe de estado o una insurrección que intente derrocar al gobierno constitucionalmente establecido es considerado un acto de sedición y es ilegal.
Preguntas frecuentes sobre el artículo 22 y sus respuestas
¿Cómo ejerce el pueblo su soberanía?
- A través de sus representantes y autoridades creadas por la Constitución.
¿Qué es el delito de sedición?
- Es cualquier acto de fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a su nombre.
¿Qué ejemplos hay de sedición?
- Un golpe de estado o una insurrección que intente derrocar al gobierno constitucionalmente establecido.