Artículo 15 - Constitución Nacional Argentina
En la Nación Argentina no hay esclavos: los pocos que hoy existen quedan libres desde la jura de esta Constitución; y una ley especial reglará las indemnizaciones a que dé lugar esta declaración. Todo contrato de compra y venta de personas es un crimen de que serán responsables los que lo celebrasen, y el escribano o funcionario que lo autorice. Y los esclavos que de cualquier modo se introduzcan quedan libres por el solo hecho de pisar el territorio de la República.
Explicación del artículo 15 - Constitución Nacional Argentina
Este artículo abole la esclavitud en Argentina y declara libres a todos los esclavos existentes desde la promulgación de la Constitución. Además, criminaliza la compra y venta de personas y establece que cualquier esclavo que llegue al territorio argentino será liberado automáticamente. Por ejemplo, si un esclavo escapa de un país vecino y llega a Argentina, es inmediatamente considerado libre. Esta medida es coherente con las tendencias internacionales de derechos humanos de la época.
Preguntas frecuentes sobre el artículo 15 y sus respuestas
¿Desde cuándo está abolida la esclavitud en Argentina?
- Desde la jura de la Constitución en 1853.
¿Qué sucede si un esclavo llega a Argentina?
- Es considerado libre automáticamente al pisar el territorio argentino.
¿Es ilegal la compra y venta de personas en Argentina?
- Sí, es un crimen y las personas involucradas en tales actos son responsables ante la ley.