Artículo 35 - Constitución Nacional Argentina
Las denominaciones adoptadas sucesivamente desde 1810 hasta el presente, a saber: Provincias Unidas del Río de la Plata; República Argentina, Confederación Argentina, serán en adelante nombres oficiales indistintamente para la designación del Gobierno y territorio de las provincias, empleándose las palabras “Nación Argentina” en la formación y sanción de las leyes.
Explicación del artículo 35 - Constitución Nacional Argentina
Este artículo oficializa los diferentes nombres que ha tenido el país a lo largo de su historia, incluyendo Provincias Unidas del Río de la Plata, República Argentina y Confederación Argentina, permitiendo su uso indistinto. Para efectos legales y oficiales, se utilizará “Nación Argentina”. Por ejemplo, en documentos legales, el término “Nación Argentina” se empleará consistentemente para referirse al país.
Preguntas frecuentes sobre el artículo 35 y sus respuestas
¿Cuáles son los nombres oficiales de Argentina?
- Provincias Unidas del Río de la Plata, República Argentina, Confederación Argentina y Nación Argentina.
¿Qué nombre se utiliza en la formación y sanción de leyes?
- Se utiliza el término “Nación Argentina”.
¿Por qué hay varios nombres oficiales para el país?
- Los diferentes nombres reflejan la evolución histórica y política del país desde su independencia hasta la actualidad.